ACLARACIÓN CERTIFICADO HUELLA DE CARBONO
En relación con el Pliego de Cláusulas Administrativas (PCA) del Referencial para la selección y contratación, mediante convocatoria pública y procedimiento de subasta, de servicios de recogida y clasificación de neumáticos fuera de uso (RS), publicado por SIGNUS en su página web el pasado lunes 3 de febrero de 2020, SIGNUS quiere manifestar a los licitadores que hayan presentado o vayan a presentar—en el plazo establecido en el PCA—su oferta para el citado proceso de selección, lo siguiente:
Debido a que el periodo medio de recepción del certificado de registro de la huella de carbono expedido por la Oficina Española de Cambio Climático (OECC) del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, es aproximadamente de seis (6) semanas una vez efectuada la solicitud, a efectos de la valoración técnica de las candidaturas por parte de SIGNUS con el objetivo de calcular el hándicap de cada oferta (apartado 1.4.2.1 del PCA), se entenderá acreditado el registro la huella de carbono en la OECC con la presentación del justificante de la solicitud ante la OECC del registro de la huella de carbono efectuada por el candidato.
No obstante lo anterior, todos los candidatos que resulten finalmente adjudicatarios de los servicios de recogida y clasificación de NFU, deberán presentar, antes del 1 de julio de 2020, el certificado del registro de la huella de carbono expedido por la OECC. La no presentación del certificado sin causa justificada constituirá una causa de resolución contractual anticipada, sin perjuicio del derecho de SIGNUS a exigir al adjudicatario la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a SIGNUS.
Lo que se pone en su conocimiento a los efectos oportunos.